El esquema de la agencialización llevado a cabo por la Junta de Andalucía a través de la Ley 1/2011, de 17 de febrero de Reordenación del Sector Público de Andalucía, es una clara traición al esquema constitucional de la función pública andaluza y española. Es legítima la implantación de la agencialización en España, desde que operó la reforma administrativa de la LOFAGE y la promulgación posterior de la ley estatal 28/2006, de 18 de julio de agencias estatales para la mejora de los servicios públicos, así como la promulgación de la Ley 9/2007, de 22 de octubre de Administración de la Junta de Andalucía -LAJA- pero no lo es el esquema que ha llevado a cabo de la Junta de Andalucía, que con una clara deslealtad hacia el Sector Público de Andalucía se apoya en esta legislación para llevar a cabo toda una catarsis clientelista del sector público que recuerda a la que intentó evitar sin mucho éxito el Decreto 315/ 1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aún vigente en mínimos aspectos, donde el clientelismo y el favoritismo para el acceso a la función pública era común en determinados sectores de la Administración Pública franquista, a pesar de que su articulado incluía ideas renovadas propias de una función pública profesional, algo que a duras penas logró imponerse en la reforma de la función pública de 1984, época en la que el partido socialista teóricamente consolidó un sistema de función pública profesional mezclándolo con una alta politización de puestos de libre designación, nombramientos discrecionales de la mayoría de los órganos directivos (nombramientos políticos) y de adscripción eventual. En otras palabras, se produjo una fuerte politización de la Administración que se vio abordada por una presencia cada vez más descarada del partido en el gobierno del nación, esquema que también trasladó a las Comunidades Autónomas de su mismo signo político.
Sin embargo, lo visto ahora en la Junta de Andalucía, incluso, escapa -y supera, por tanto- a ese intento politizador, ya que la teoría de las agencias, que no es nueva ni tan siquiera tiene la patente española busca una descentralización y un sistema gerencial movido por un dinamismo más moderno de la gestión pública y los recursos humanos, pero dotado de fuertes controles por parte de los poderes públicos, tanto a nivel de potestades administrativas públicas como en cuanto al control presupuestario. Pero nada de eso ha existido en Andalucía, por lo que no es más que un intento torticero y descarado de aupar un agencialismo "ad hoc" apoyándose en un basamento teórico de la nueva gestión pública formulado en las Administraciones Públicas de corte anglosajón en los años 80, que culminó en la implantación del programa Next Stepts en el Reino Unido, que es el intento más logrado de la implantación de las agencias en Europa. Sin embargo, este intento baldío del gobierno andaluz - probablemente cometido en fraude de ley- ha derivado sin sonrojo hacía un clientelismo aderezado con muchas dosis de nepotismo preocupante, ya que se aparta de los principios jurídicos elementales en cuanto al sistema de acceso del personal en las agencias que, a pesar de conllevar un ánimo descentralizador para modernizar y mejorar la eficiencia y la eficacia en la Administración Pública, jamás -ni tan siquiera en la función pública británica, que está dotada de un sistema abierto- se ha apartado de cumplir con los requisitos de mérito, capacidad, igualdad y publicidad así como tampoco descuidó el espinoso asunto de las potestades públicas y administrativas que siempre estuvieron en manos de funcionarios.
Lo que pretende hacer la Junta de Andalucía, por tanto, no es otra cosa que una conjugación legal trapisonda, para lo cual se basa en un movimiento agencializador consolidado en los países occidentales, pero interpretándolo a su modo. Y su modo ya sabemos cuál es, después de treinta años de mal gobierno en Andalucía.
Por José Antonio Flores Vera
Por José Antonio Flores Vera