
En estos últimos días, hemos desayunado, almorzado y cenado con el asunto del secuestro del atunero español "Alacrana" y, lógicamente, como es de esperar, esta situación ha provocado un buen "pollo" en los medios de comunicaciónespañoles, además de un revuelo político que ha desembocado en tensos enfrentamientos en el Congreso de los Diputados entre los distintos diputados y diputadas, principalmente, los adscritos al bando del gobierno y del principal partido de la oposición.
Ahora bien, ¿ el español medio conoce qué ha ocurrido en este caso ? ¿ Ha habido una pifia del Gobierno ? ¿ Exagera en sus aceradas críticas el PP o sólo quiere el desgaste del Presidente Zapatero ? Supongo que habrá habido de todo un poco.
Lógicamente, hay que establecer que la existencia de descontrolados piratas modernos en el Índico es un asunto que no puede ser atribuible a responsabilidad de ningún poder público español, aunque sí puede hacer mucho más la comunidad internacional.
No obstante, se critica que el gobierno español ha errado con el traslado a España de dos piratas somalíes, asunto éste que ha provocado una relación de fuerza de sus compañeros secuestradores. Y, lógicamente, es aquí donde está el asunto más espinoso, por lo que habría que preguntarse si España tiene competencia para juzgar en España a estos piratas.
En el ámbito jurídico la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 5/1985, de 1 de julio), en su artículo 23.1 establece lo siguiente: "En el orden penal corresponderá a la jurisdicción española el conocimiento de las causas por delitos cometidos en territorio español o cometidos a bordo de buques o aeronaves españoles, sin perjuicio de lo establecido en los tratados internacionales en los que España sea parte".
Asimismo el punto 4 de este mismo artículo establece que "Conocerá la jurisdicción española de los hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional susceptibles de tipificarse, según la ley penal española, como alguno de los siguientes delitos: ...C) Pirateria y apoderamiento ilícito de aeronaves".
A la vista de estos artículos parece quedar clara la competencia del estado Español, siendo competente la jurisdicción de la Audiencia Nacional en este tipo de delitos.
Ahora bien, se discute y critica que el gobierno español, tal vez, no debería de haber ejercido ese derecho de juzgar en España a estos dos piratas,principalmente, para no provocar un nivel de tensión mayor entre los piratas que podría haber desencadenado en un serio peligro para la vida de los pescadores españoles.
Por tanto, existen dos posturas: una jurídica y otra política. La jurídica parece asistir de razón al gobierno español y la política parece que no ha sido afortunada.
Pero dicho esto, se plantean interrogantes muy importantes que tienen que ver con el derecho y la política internacional. La existencia de bandidos que hacen de las aguas internacionales su nido de terror es algo que debería ser combatidoconjuntamente por las naciones, principalmente, por las naciones que estén en mejor disposición de dar soluciones. Porque una cosa ha de quedar clara: un grupo de desalmados no pueden implantar el terror y chantajear la legalidad internacional.